ES2187635T3

Use of g class immunoglobulins for the topical treatment of atopic dermatitis

Abstract

THE USE OF CLASS G IMMUNOGLOBULINS IS DESCRIBED, IN PARTICULAR OF IMMUNOGLOBULINS FOR INTRAVENOUS USE (IVIG) OR FOR INTRAMUSCULAR USE (IMIG), TO PRODUCE A MEDICAL TREATMENT FOR LOCAL DERMATITIS, IN PARTICULAR LAKE, IN PARTICULAR ATOPIC DERMATITIS, ECCEMA AND ICTIOSIS, PSORIASIS, PAPULOSCAMOUS DERMOPATIAS (SEBORRHETIC DERMATITIS, ERYTHRODERMIA, ETC.), AS WELL AS DERMATITIS BY INFECTION OF FUNGI, PARASITES, BACTERIA AND VIRUSES, AND THE PHARMACEUTICAL COMPOSITION THAT CONTAINS THEM.

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6 claims: 4 independent, 2 dependent

  1. 1
    ES 2 187 635 T3 REIVINDICACIONES 1. Uso de inmunoglobulinas de clase G para producir un medicamento para el tratamiento local terapéutico de la dermatitis.
  2. 2
    El uso de la reivindicacién 1, en el que la dermatitis es acné, dermatitis por contacto, dermatitis atépica, eccema e ictiosis, psoriasis, dermatopatlas papuloescamosas (dermatitis seborreica, y eritrodermia), asé como dermatitis infecciosas por hongos, por paraésitos, por bacterias y por virus.
  3. 3
    El uso de la reivindicación 1 o 2 para producir soluciones, ungüentos, cremas, geles y liposomas.
  4. 4
    El uso de cualquiera de las reivindicaciones precedentes, en el que las inmunoglobulinas se combinan con antibioéticos, agentes antivirales, agentes antifuéngicos, vitaminas, agentes antiinflamatorios, antipruréticos y/o antimicrobianos, éacidos grasos insaturados y agentes inmunosupresores.
  5. 5
    El uso de cualquiera de las reivindicaciones precedentes, en el que las inmunoglobulinas son inmunoglobulinas de uso intravenoso (IVIG).
  6. 6
    El uso de cualquiera de las reivindicaciones 1 a 4, en el que las inmunoglobulinas son inmunoglobulinas de uso intramuscular (IMIG). NOTA INFORMATIVA:Conforme a la reserva del art. 167.2 del Convenio de Patentes Europeas (CPE) y a la Disposición Transitoria del RD 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación del Convenio de Patente Europea, las patentes europeas que designen a España y solicitadas antes del 7-10-1992, no producirán ningún efecto en España en la medida en que confieran protección a productos químicos y farmacéuticos como tales. Esta informacioón no prejuzga que la patente estóeonoincluóda en la mencionada reserva.